-Cada vez que utilizas un estacionamiento público de paga, tienes derecho a una póliza de cobertura que asegura tu automóvil.
En algún día de la semana, hemos atravesado por la pesadilla de ir al centro de la ciudad en plena hora pico y encontrarnos con todos los cajones de estacionamiento de la vía pública llenos y la única opción que nos queda son los estacionamientos privados. Hasta el momento parece ser la única solución viable, sin embargo, al optar por dicha alternativa, esta nos recibe con una célebre frase que nos llena de temor “El Estacionamiento no se hace responsable por daños, siniestros o robos” y nos preguntamos ¿Vale realmente la pena pagar por estacionar el automóvil? ¿Qué cubre la cuota que estoy pagando mientras mi auto está dentro del estacionamiento? Hoy les comparto que dicha situación de la cual estamos hartos se encuentra en vías de cambio.
La movilidad se ha convertido en un tema fundamental para todos, hoy conducir un automóvil ha dejado de ser un lujo y pasado a ser una necesidad que requiere de; innovación, atención y solidez respecto al cumplimiento de la ley (Congreso de Baja California, 2022). Por ello es necesario prestar atención a las labores de nuestro Congreso del Estado e identificar los avances suscitados en la Ley de Edificaciones en donde todos somos participes cuando requerimos del servicio de estacionamientos.
Quiero compartir con ustedes que dentro de la labor legislativa de principios de año se encontraba la iniciativa de ley para reformar el Artículo 22 de la ley anteriormente mencionada y permítanme explicarles ¿De qué se trata? Dentro del artículo se establecen las consideraciones legales para que los estacionamientos públicos brinden a todos sus depositarios (clientes) una póliza de seguro que cubra sus vehículos durante el tiempo de estancia. Sin embargo, nos damos cuenta de que no es así del todo, identificamos que los estacionamientos no tienen contratos con aseguradoras que respalden la tranquilidad de los clientes al momento de usar sus instalaciones (Urenda, 2022) .
Aunado al mismo rubro y en apego al artículo 22 con base en la Ley de Edificaciones (2022), se encuentra presente el tema de la limitación y sobreocupación de los estacionamientos, una realidad que se ve infringida por parte de los estacionamientos en donde rompen las normas de seguridad establecidas con el fin de continuar estacionando automóviles. El problema surge cuando espacios designados para rutas de evacuación, puntos de reunión, accesos y rampas para discapacitados son obstaculizados conscientemente y peor aun cuando se trata de edificaciones de varios niveles y son sobrecargadas con una mayor cantidad de autos.
Ahora bien, les pregunto ¿Qué piensan cuando leen la leyenda “No nos hacemos responsables”? Sin duda alguna consideramos el riesgo que conlleva dejar el auto en la vía pública, posteriormente analizamos el entorno y valoramos la prisa que llevamos, finalmente terminamos accediendo a los estacionamientos con faltas a la normatividad establecida por el estado y caemos en brazos del incumplimiento. Es por ello, que debemos prestar atención en las sesiones del Congreso, ya que la iniciativa de reforma atraviesa por una actividad muy sencilla, utilizar un estacionamiento.
Baja California no es el primer estado en realizar una reforma de este tipo, en estados como Aguascalientes (2020), Chihuahua y Tabasco (2012) se han reformado leyes que obligan a los estacionamientos a la contratación de pólizas de seguro para la protección de los vehículos en caso de alguna eventualidad. No solo en el plano local y nacional se les obliga a los propietarios de estacionamientos a cubrir los autos con una póliza de seguro, en los Estados Unidos también es obligatorio cubrir a todos aquellos clientes que usan el servicio de estacionamiento.
Finalmente me convence decirles que la reforma al artículo 22 de la Ley de Edificaciones fomenta en la ciudadana el reconocimiento de sus derechos, e invitar a los bajacalifornianos a estar pendientes de las sesiones del Congreso. Involucrémonos entre las labores de gobierno y sociedad para permitirnos ser una sociedad informada sobre la labor legislativa, conocedora de nuestros derechos y activa en la mejora continua de nuestras leyes. A manera de conclusión, les pregunto ¿Has pasado por alguna situación en donde el estacionamiento se negó a pagar daños a tu auto? Házmelo saber en los comentarios.
-El autor es catedrático en la Escuela de Derecho y Gobierno de Pacifico Universidad y en la Facultad de Derecho y Economía de UABC.
Bibliografía
Congreso de Baja California. (2022). Ley de Edificaciones del Estado de Baja California. 2021, de Congreso de Baja California Sitio web: https://tinyurl.com/2p87awyw
Congreso de Baja California. (2021). Iniciativa de Reforma al Articulo 22 de la Ley de Edificaciones de Baja California. 2022, de Congreso de Baja California Sitio web: https://tinyurl.com/455kennz
Diario Oficial de Tabasco. (2012). Organo De Difusión Oficial Del Gobierno Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Tabasco. . 2022, de Teapa Ayuntamiento Sitio web: https://tinyurl.com/yu6dcw66
Periodico Oficial de Aguascalientes. (2020). Ley De Estacionamientos De Vehículos Para Los Municipios Del Estado De Aguascalientes . 2022, de Periodico Oficial de Aguascalientes Sitio web: https://tinyurl.com/53pe3cwk
Urenda. (2022). Estacionamientos que cobren deberán pagar daños a vehículos. 2022, de El Sol de Tijuana Sitio web: https://tinyurl.com/y546xd89
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